Prensa Agrotime: El Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), informó sobre las nuevas normativas y requisitos para el ingreso y la salida de mascotas del del territorio colombiano, bajo el cumplimiento de la resolución 100164 publicada el 07 de julio de 2021, esta normativa se aplicará para los animales de compañía, en calidad de mascota o con fines comerciales.
No obstante, esto no se trata de algo nuevo, pues ya existían anteriormente algunas medidas con las cuales se llevaba a cabo una regulación para la movilización internacional de los animales; no obstante, se trata de algunas modificaciones y requisitos añadidos.
Estas normas ya regulaban la movilidad internacional de las mascotas, «el Certificado sanitario original que sea expedido o avalado por la entidad sanitaria del país de origen, con sello y firma, con fecha de expedición no mayor a 10 días previos al ingreso del animal a Colombia; debe estar establecida la raza, la especie, el sexo, la edad, el color, la identificación electrónica (microchip) «.
De igual manera, se le debe realizar a la mascota un «tratamiento antiparasitario interno y externo, dentro de los 60 días previos al viaje, debe presentar condiciones sanitarias aptas para movilizarse, un certificado de vacunación vigente, según la especie, debe poseer un certificado sanitario original o certificado de vacunación, el animal debe someterse a cuarentena domiciliaria por un lapso de 15 días, si no se acepta la cuarentena, el ICA adelantará el reembarque de la mascota».
En la actualidad, los nuevos requisitos responden a que las mascotas deben poseer un «certificado de vacunación y desparasitación en los tiempos que son exigidos por cada país de destino, los perros que tengan menos de un año deben estar identificados por un microchip de 15 dígitos, el número de microchip debe ser registrado en el Certificado de Inspección Sanitaria (CIS), con el cual se autoriza el abordaje de las mascotas».
Para el ingreso de mascotas a otro país debe tener en cuenta que «no se permite el ingreso de perros o gatos que no cuenten con inmunidad contra la rabia, las mascotas que sean vacunadas por primera vez contra la rabia deben haber recibido la inmunización con mínimo 21 días de antelación a la fecha de embarque».
Bajo este alineamiento, el ICA procederá a verificar la documentación de las mascotas durante su ingreso del país, le realizaran una inspección física al animal, también se les recomienda informarse por las distintas plataformas digitales sanitarias de las autoridades competentes en materia de mascotas pues muchos países requieren de documentos adicionales.